La paradoja de la igualdad formal: feminismo, cuidados

y familias monomarentales en España

 

The paradox of formal equality: feminism, care, and single mother families in Spain

 

 

 

 

Marta Postigo Asenjo

 

martapostigo@uma.es     

 

Universidad de Málaga - España

 

 

Recibido:  27-02-2023

Aceptado: 22-05-2023

 

 

Resumen

En el presente artículo se analizan las características y desafíos de la “paradoja de la igualdad formal”. En él se argumenta que la igualdad de iure no debería servir de pretexto para negar las desigualdades persistentes entre los sexos en las democracias formalmente igualitarias. Con este propósito, el análisis se centra en el conflicto entre las responsabilidades familiares y profesionales, con especial atención en un modelo de familia cada vez más extendido, como son los hogares monoparentales, encabezados, en su mayoría, por mujeres, y especialmente vulnerables. A lo largo de estas páginas se retoman algunos de los dilemas característicos del feminismo y se apuesta por una ética del cuidado no esencialista, en un Estado de bienestar sensible a las brechas de género.

Palabras clave: dilema de Wollstonecraft, cuidados, igualdad formal, igualdad real, familia monomarental, feminismo.

 

Abstract

The present article analyzes the challenges and features of the so-calledparadox of formal equality”. It argues that, in the liberal democracies where women’s rights have been acknowledged, formal equality should not conceal the gender gaps that persist within the public and private spheres. With this purpose, the discussion focuses on the conflict between female’s family and working responsibilities, highlighting the challenges faced by single mother families; an increasing model in developed countries, although more likely to fall below the poverty line. The following pages recast feminist theory’s classical dilemmas and argue in favor of a non-essentialist ethics of care, within the framework of a welfare state sensible to the remaining gender gaps.

Keywords: Wollstonecraft’s dilemma, care, formal equality, real equality, single mother families, feminism.


1. Introducción

 

 

El presente artículo se centra en las metas de la agenda feminista en las democracias liberales avanzadas en las que se ha reconocido formalmente la igualdad de derechos. Su objetivo es poner de relieve las implicaciones de lo que se denomina “paradoja de la igualdad formal”.

  Para ello, metodológicamente, el artículo ofrece una lectura crítica de las fuentes y las controversias clásicas del feminismo, a la luz de los desafíos que afronta la agenda feminista en las democracias liberales contemporáneas. Para ello se han contrastado datos actualizados sobre conciliación y familias en España, así como una bibliografía de carácter interdisciplinar.

En el primer apartado se analizan las características de la ambivalencia que plantea la igualdad de iure y se pone de relieve la vigencia de la agenda feminista. Tras ello, el segundo apartado se centra en uno de los rasgos fundamentales de la “paradoja de la igualdad formal”, como es la división sexual entre la esfera pública productiva y la esfera doméstica reproductiva; una de las consecuencias y atributos del “contrato sexual” moderno.

La dificultad para conciliar la vida familiar y profesional conduce a las ciudadanas a un nuevo malestar: al “problema de la doble carga”. El conflicto entre las aspiraciones profesionales y la maternidad se encuentra en el corazón del clásico dilema de la igualdad, conocido como el “dilema de Wollstonecraft”. Este último refleja, como se verá a lo largo de estas páginas, una de las controversias centrales e irresueltas del feminismo.

¿Puede considerarse el “malestar de la doble carga” un coste inevitable de la igualdad formal? ¿Es el conflicto entre las aspiraciones profesionales y la maternidad el precio justo y aceptable por la conquista de la igualdad de iure? ¿Cómo resuelve el feminismo la tensión entre las aspiraciones de igualdad de oportunidades en el ámbito productivo y la maternidad?

En las próximas páginas se abordan críticamente tales preguntas y controversias, y se apuesta argumentativamente por una ética del cuidado capaz de universalizar la atención a la dependencia, en el marco de un Estado de bienestar comprehensivo, sensible a las desigualdades que persisten entre los sexos.

Asimismo, en el último apartado, se analizan las características socioeconómicas de un modelo familiar cada vez más frecuente en España y en el resto de la Unión Europea, como son las familias monoparentales, encabezadas mayoritariamente por mujeres, y especialmente vulnerables de caer en la pobreza. En este sentido, para concluir, el artículo argumenta que la equiparación en derechos y condiciones de este modelo de familia, implica incluir la perspectiva de género en las políticas públicas y hacer frente a una forma de discriminación indirecta por razón de sexo que debe ser abordada.

 


 

2. La “paradoja de la igualdad formal” y la vigencia de la agenda feminista

                        

 

Desde la segunda mitad del siglo XX las ciudadanas han adquirido derechos y oportunidades nunca reconocidas al sexo femenino. Tal avance en la ciudadanía constituye, como ha puesto de manifiesto el feminismo filosófico, una consecuencia de las vindicaciones de igualdad que tienen sus raíces, no previstas, en la Ilustración y la Modernidad[1].

La conquista de los derechos y oportunidades de las mujeres es una de las mayores transformaciones y logros que ha experimentado la humanidad en el último siglo. Sin embargo, cuando el principio de igualdad entre los sexos ha sido reconocido en los tratados internacionales de los derechos humanos y en los ordenamientos jurídicos de las democracias avanzadas, persisten en ellas pautas patriarcales en la distribución del tiempo y en la organización del trabajo, así como prácticas que mercantilizan el cuerpo de las mujeres, que resultan incompatibles con una igualdad real. A ello se lo denomina en este artículo la “paradoja de la igualdad formal”, cuyas características se desarrollan a lo largo de las próximas páginas[2].

En las décadas posteriores a la Segunda Guerra Mundial, a esta paradoja Betty Friedan la denominó “la mística de la feminidad” (Friedan, 1963 1992). Las ciudadanas habían conquistado los derechos políticos en el período de entreguerras y tras la Segunda Guerra Mundial. Sin embargo, el reconocimiento formal de los derechos no impidió que, durante los años cuarenta y cincuenta, los avances en igualdad y en las oportunidades de las mujeres se encontraran estancados, cuando no en claro retroceso. En las potencias democráticas, donde las restricciones formales al sufragio femenino habían sido eliminadas y las puertas de las universidades habían sido abiertas a las ciudadanas oficialmente a finales del siglo XIX y principios del XX, las mujeres comenzaban a salir de ellas cuanto antes para contraer matrimonio y dedicarse a las tareas domésticas de acuerdo con el modelo predominante de feminidad. Friedan lo denominó la “elección equivocada” (Friedan, 1963 1992: 160-181). Como psicóloga, la autora se había interesado en estudiar los síntomas de lo que calificó como “el malestar que no tiene nombre” (Friedan, 1963 1992: 13-30). Las norteamericanas de su generación, que renunciaban masivamente a sus metas individuales y profesionales para encarnar el ideal de la perfecta esposa y “ama de casa”, comenzaban a manifestar patologías tales como la depresión, la ansiedad, la falta de motivación y la apatía, sustentadas económicamente por el esposo “breadwinner” entre las paredes de sus acomodados hogares suburbanos (Ibídem: 160-181).

En este contexto, los “educadores sexuales”, en sus discursos pseudo-científicos, literarios y culturales, y mediante la publicidad y los medios de masas, confluyeron a la hora de promover el ideal de feminidad sexualizado y doméstico que se ajustaba a los fines del baby boom y a las estrategias comerciales de las industrias florecientes (Friedan, 1963 1992: 132-160). En las economías capitalistas, los hogares suburbanos se convertían en unidades de consumo básicas, y las ciudadanas, dentro de ellos, en expertas, instruidas por los medios de masas y la publicidad, en el manejo de los electrodomésticos, de los productos de belleza, de limpieza y de alimentación disponibles en los grandes supermercados (Busquier, 2018: 99-104; Friedan, 1963 1992: 13-30).

El feminismo es una teoría política que explica de qué forma se construyen los modelos de feminidad y de masculinidad que se ajustan a los fines del Estado patriarcal, a través de las ideologías religiosas, políticas, de los discursos científicos, mediáticos y filosóficos (Valcárcel, 2019: 27-21; Miyares, 2022: 46-88). Algunas autoras lo han explicado de forma especialmente elocuente y magistral, como Simone de Beauvoir en 1949 (2000 y 2011), y su discípula de la tercera ola, Betty Friedan en 1963 (Friedan, 1992; De Miguel, 2021).

A comienzos del siglo XXI, la paradoja de la igualdad formal se ha adaptado a las dinámicas del mundo globalizado, tecnificado y transhumanista, y ha adquirido características peculiares[3]. El problema que experimentan las ciudadanas en el siglo XXI es fruto de un chantaje, no de una mística: es la consecuencia de que estas hayan asumido las funciones y responsabilidades económicas, al tiempo en que han debido seguir ocupándose de las tareas de cuidado. En esta ocasión, el malestar recibe el nombre de “la doble carga”, y pone de manifiesto la vigencia de un dilema clásico femenino, el “dilema de Wollstonecraft”.

Dicho conflicto, que se analiza en profundidad en el próximo apartado, revela el dilema común y cotidiano de las mujeres trabajadoras del siglo XXI, abocadas a elegir entre seguir apostando por el avance profesional o la maternidad. La igualdad formal se ha adquirido, por tanto, a costa de renunciar a la maternidad o de tener que afrontar “el malestar de la doble carga”.

La filósofa Ana de Miguel ha denominado a esta paradoja el “mito de la libre elección” y la “doble verdad” (De Miguel, 2015; De Miguel, 2021). En las democracias avanzadas se convive con fenómenos contradictorios: por un lado, las jóvenes han aprendido que tienen iguales derechos y oportunidades, y apuestan por formarse y ampliar sus oportunidades vitales; por otro lado, tales avances coexisten con prácticas –como la pornografía, la prostitución, los discursos y estereotipos sexuales que cosifican y sexualizan reiteradamente a las mujeres–, que son consumidas de forma cotidiana, a pesar de que atentan contra la dignidad de las mujeres.

El reconocimiento de los derechos y oportunidades de las ciudadanas en los Estados más desarrollados no debería impedir visibilizar los obstáculos que aún frenan el progreso hacia la igualdad real. Los objetivos de la agenda feminista siguen intactos y plenamente vigentes en el siglo XXI. Prácticamente ninguna de las metas de dicha agenda, desde la Ilustración hasta la Plataforma de Acción de Beijing, se encuentra plenamente garantizada a comienzos del XXI[4].

Por un lado, en las regiones menos desarrolladas, gobernadas por regímenes autoritarios que reprimen violentamente las “vetas de Ilustración”[5], o que han sido abandonadas en manos de grupos religiosos y fundamentalistas, las niñas son privadas de sus derechos más básicos, como el acceso a la educación, la protección de su integridad física y sexual, el derecho a la infancia y el acceso a los recursos y a las capacidades básicas, por razón de su sexo[6].

Por otro lado, en las democracias avanzadas, la igualdad formal sirve de pretexto para negar las desigualdades persistentes y rechazar las políticas públicas que tratan de avanzar en la igualdad real. La violencia de género es, lamentablemente, una realidad que no conoce fronteras culturales y nacionales[7]. No es momento, pues, de considerar a la agenda feminista agotada u obsoleta, ni a su sujeto político, a las mujeres, innecesario y superado.

 

 

3. De vueltas con el “dilema de Wollstonecraft”: feminismo y cuidados

 

Tras las consideraciones previas sobre la paradoja que plantea la conquista de la igualdad formal en las democracias avanzadas, a continuación, se analiza una controversia clave para avanzar en la igualdad real: el clásico “dilema de Wollstonecraft”, aún irresuelto. Con este fin, se ponen de relieve las consecuencias de la separación sexual entre la esfera productiva y la esfera doméstica, que sigue constituyendo un desafío fundamental para el feminismo. Finalmente, para concluir, se señalan los retos pendientes para lograr avances en la igualdad social o de facto, prestando especial atención a un modelo de familia cada vez más frecuente y feminizado en España, como es el que forman las familias monoparentales, especialmente vulnerables.

En 1792, Mary Wollstonecraft publicaba una de las obras seminales del feminismo, A Vindication of the Rights of Women, en la que su autora planteaba algunos de los objetivos fundamentales en la lucha por la igualdad entre los sexos, y, sin proponérselo, mostraba también los dilemas fundamentales con los que tendrían que enfrentarse los defensores y las defensoras de la igualdad en los siglos posteriores (Postigo, 2007a: 33). Puede afirmarse, tal y como ha sostenido Bárbara Taylor, que “al enfrentarse a la dinámica de la sujeción femenina, el logro real de Wollstonecraft no fue proporcionar soluciones estratégicas sino más bien exponer por completo –por primera vez— la naturaleza y magnitud del problema” (Taylor, 2004: 71).

En plena Revolución Francesa, la escritora inglesa trataba de conseguir argumentativamente, en su Vindicación, lo que resultaba prácticamente imposible alcanzar en la práctica: que las mujeres pudieran realizarse simultáneamente como sujetos plenamente independientes y como madres virtuosas. A juicio de Wollstonecraft, no había más que un camino para alcanzar la virtud y el progreso cívico: la razón (Wollstonecraft, 1792 1988). Frente a los intelectuales del siglo XVIII, como Jean-Jacques Rousseau, Charles Maurice de Talleyrand-Périgord, James Fordyce y John Gregory, que habían defendido la futilidad de instruir intelectualmente a las mujeres e inculcarles conocimientos, Wollstonecraft argumentaba que el único medio eficaz para que las ciudadanas pudieran llevar vidas dignas y cumplir mejor sus obligaciones cívicas, era accediendo a una educación igualitaria que les permitiera desarrollar sus capacidades racionales (Postigo, 2007a: 27-61; Postigo, 2009: 28-40; Puleo, 1993).

A finales del siglo XVIIII, las opciones y oportunidades para que las ciudadanas pudieran adquirir plena independencia material y económica eran muy limitadas. Ello permite entender las ambigüedades de la autora en su tratamiento de la independencia femenina y su insistencia en las funciones domésticas. Con todo, Wollstonecraft ponía abiertamente en tela de juicio los prejuicios sobre la incapacidad intelectual del “bello sexo”, y abría así las puertas hacia un destino más autónomo y autosuficiente de este último (Postigo, 2007a; Postigo, 2009: 28-40). A su juicio, el acceso a la razón libraría al sexo femenino de una de las formas más sutiles y características de sometimiento patriarcal, como es la “esclavitud de las pasiones” y la dependencia afectiva en la que eran socializadas desde jóvenes. Escribía la autora, que “las mujeres, en las actividades comunes de la vida son llamadas a cumplir sus deberes de esposas y madres, por la religión y la razón, pero aquellas que tienen aspiraciones superiores deben tener abierto el camino para perseguir sus planes y la independencia” (Wollstonecraft, 1792 1988: 147). La educación igualitaria permitiría a las ciudadanas cultivar intereses sólidos y duraderos, y alcanzar, en el futuro, plena “existencia civil en el Estado, casadas o solteras” (Wollstonecraft, 1792 1988: 148-149).

El feminismo es un movimiento intelectual y cívico-político que sorprende por la consistencia y longevidad de su agenda, postulados, objetivos y controversias. A comienzos del siglo XXI, el clásico “dilema de Wollstonecraft” sigue plenamente vigente, pues no ha sido resuelto satisfactoriamente, ni siquiera en las democracias liberales[8]. Tal y como señala Taylor, “ningún modelo consigue lo que Wollstonecraft pretende que es permitir a las mujeres adquirir los recursos para llevar vidas satisfactorias como esposas y madres, y, al mismo tiempo, funcionar como agentes libres y económicamente independientes […] Tres siglos después, esta ambición está aún lejos de ser conseguida” (Taylor, 2004: 38).

En la década de los ochenta del siglo XX, Carole Pateman (1988, 1989) retoma el dilema de Wollstonecraft para explicar las características y consecuencias del “contrato sexual” moderno. Las ambigüedades que aparecen en la Vindicación sobre la independencia femenina y los deberes de las ciudadanas ponen de manifiesto que el ejercicio de la ciudadanía implica llevar un disfraz que tiene una “larga melena de león” (Pateman, 1989). Cuando las mujeres comienzan a vindicar la igualdad de derechos y de oportunidades a finales del siglo XVIII, descubren que la división sexual entre el trabajo productivo y el reproductivo vertebra profundamente la ciudadanía, de forma que “los principios liberales no pueden ser simplemente universalizados en la vida pública sin tener en cuenta la estructura patriarcal de la esfera privada” (Pateman, 1989: 129). Lo personal debía hacerse político. El feminismo no solo se ha ocupado de defender o alcanzar la igualdad de derechos y oportunidades en la esfera pública y productiva, sino que también ha visibilizado las funciones y deberes que han sido desempeñados tradicionalmente por las ciudadanas en el ámbito privado, de forma no remunerada e invisibles para la teoría política (Pateman, 1988: 224).

Las ambivalencias que reflejó Wollstonecraft permiten entender, todavía hoy, la “paradoja de la igualdad formal”. Una vez las mujeres han ido adquiriendo derechos y han ido introduciéndose en los trabajos remunerados y en la esfera civil tradicionalmente masculinizada, se debaten entre renunciar a formar una familia o afrontar la “doble carga”. Uno de los rasgos característicos de la “paradoja de la igualdad formal” es, por tanto, el fenómeno de la “doble responsabilidad” que asumen la mayoría de las madres trabajadoras en las democracias formalmente igualitarias. Cuando se han eliminado las barreras legales que han impedido a las mujeres, durante siglos, acceder a los diferentes ámbitos del conocimiento y de la vida civil y política, estas se preguntan si pueden permitirse tener hijos, y, en ese caso, si pueden seguir avanzando de facto en sus carreras profesionales y laborales.

La maternidad supone para muchas trabajadoras un perjuicio para la estabilidad y el avance profesional y económico; desde la disminución de las oportunidades de promoción e ingresos, hasta la obligación de acogerse a reducciones de jornada y del tiempo dedicado al trabajo remunerado, cuando no se exponen a la pérdida del empleo y a la inactividad[9].

Ante tales circunstancias resulta pertinente preguntarse: ¿Es la “doble carga” el coste inevitable de la igualdad de derechos? ¿Es razonable que las mujeres deban elegir entre el desarrollo profesional y la reproducción? ¿O, más bien, la verdadera igualdad de oportunidades implica reconocer que las necesidades de cuidado son parte de la vida de mujeres y hombres, que deben estar integradas en las dinámicas de la vida civil y laboral, así como en las prestaciones y políticas del Estado de bienestar?

Sin duda, las más aventajadas que disponen de medios, tienen a su alcance la posibilidad de contratar y financiar un servicio doméstico complementario que les permita cubrir las necesidades de cuidado y recibir apoyo en las tareas domésticas; un servicio formado, crecientemente, por mujeres inmigrantes en condiciones vulnerables y precarias, que tienen a su cargo sus propias responsabilidades familiares y de cuidado[10]. Sin embargo, dicha alternativa accesible para un reducido número de trabajadoras y de familias, deja intacta la brecha que separa la esfera productiva y la reproductiva (Arruzza, Bhattacharya y Fraser, 2019). El “dilema de la igualdad formal” pone de manifiesto, por tanto, no solo las desigualdades de género que perviven en las democracias formalmente igualitarias, sino también las de clase, etnia o nacionalidad y edad, pues son los abuelos y abuelas quienes asumen, en muchos casos, las tareas de cuidado de los nietos y las nietas. El dilema de la igualdad formal refleja, pues, la precariedad y las desigualdades que laten fuertemente en el corazón de las economías globalizadas (Ibídem).

Por este motivo, abordar tal ambivalencia puede considerarse uno de los objetivos prioritarios de la agenda feminista en las democracias avanzadas del siglo XXI, en las que se ha conquistado la igualdad de iure. La “paradoja de la igualdad formal” afecta al núcleo de las desigualdades de género y los desafíos pendientes para avanzar en la igualdad real, al tiempo en que permite tener en cuenta que la conquista de los derechos no debería servir de pretexto para ignorar la pervivencia de las dinámicas patriarcales en los ámbitos públicos y privados.

¿Cómo puede superar el feminismo el dilema que plantea la conquista formal de los derechos de ciudadanía, en el siglo XXI?

La ética del cuidado puede proporcionar una vía satisfactoria para superar dicha dicotomía y avanzar en una igualdad real[11]. La perspectiva de los cuidados permite extender y generalizar las tareas de atención a la dependencia eliminando las brechas de clase, sexo, raza o nacionalidad. Por un lado, dicho enfoque ético, libre del esencialismo sexual, acaba con el monopolio femenino de las responsabilidades domésticas y del cuidado, apostando por una perspectiva universalista que supera la división de roles de género (López de la Vieja, 2004; López de la Vieja, 2006: 107-131; Postigo, 2014b: 223-341). Por otro lado, la ética del cuidado implica reforzar el compromiso público y del Estado de bienestar con las políticas laborales, sociales y económicas que favorecen la conciliación. Tales medidas resultan imprescindibles para hacer frente al “problema de la doble carga”.

En sus trabajos recientes, la autora Nancy Fraser ha llamado la atención sobre las consecuencias de un tipo de feminismo que beneficia solo al uno por ciento más aventajado de la población femenina y mimetiza la meritocracia neoliberal (Arruza, Bhattacharya y Fraser, 2019). De acuerdo con la autora, dicho tipo de feminismo estaría reproduciendo los patrones de conducta varoniles y patriarcales, basados en la lógica competitiva del poder y en el acceso a las cúpulas económicas y políticas, dejando intactas las injusticias y las brechas socioeconómicas, cada vez más pronunciadas. En definitiva, es preciso, a su juicio, concebir un feminismo útil para el noventa y nueve por ciento de las ciudadanas, esto es, para la mayoría de la ciudadanía que se esfuerza cada día por poder conciliar y trabajar en condiciones dignas (Ibídem).

A mi juicio, Fraser ha atinado en señalar una de las características fundamentales de la “paradoja de la igualdad formal”, como es la acentuación de las injusticias sociales y de las brechas socioeconómicas en el siglo XXI, ignoradas por “el feminismo del techo de cristal”, demasiado preocupado en reproducir las dinámicas patriarcales de poder y en el acceso paritario a las cúpulas económicas. Sin embargo, en los tiempos actuales, marcados por la polarización y el auge de los populismos y extremismos, puede resultar más prudente hacer una llamada a una ética del cuidado comprometida con un Estado de bienestar comprehensivo, capaz de ofrecer una atención universal a las personas vulnerables y a las necesidades de cuidado, que la apelación de Fraser a una “revolución anticapitalista global” (Arruza, Bhattacharya y Fraser, 2019).

Dicho Estado de bienestar puede parecer, probablemente, un objetivo utópico en momentos de creciente desigualdad y confrontación política. Sin embargo, algunos ejemplos concretos pueden contribuir a entender los desafíos que están vigentes en las democracias avanzadas, como España, para avanzar en la conciliación y en la igualdad real.

Por ello, el próximo apartado ilustra el impacto de la “paradoja de la igualdad formal” en las transformaciones demográficas y en el descenso de la natalidad en España. Asimismo, en él se ponen de manifiesto los limitados avances que han tenido lugar en la conciliación, en concreto, en la equiparación de las condiciones en las que se encuentran las familias monoparentales con relación a otros tipos de familia; un modelo de hogar cada vez más frecuente y feminizado.

 

 

4. Hacia la igualdad real: maternidad, cuidados y familias monoparentales

 

 

Las páginas precedentes han estado centradas en argumentar que la agenda feminista, en las democracias liberales, no debe ignorar la “paradoja de la igualdad formal”. Las mujeres han avanzado en sus derechos y oportunidades a lo largo del último siglo. Sin embargo, incluso en las democracias más consolidadas, se convive cotidianamente con una “doble verdad”: cuando se ha reconocido la igualdad derechos, persisten prácticas y negocios, como la prostitución y la pornografía, que denigran, explotan y cosifican a las mujeres, al tiempo en que la organización del trabajo es incompatible con las necesidades de cuidado (De Miguel, 2021).

En las economías de mercado desarrolladas, las mujeres todavía se encuentran expuestas al “dilema de Wollstonecraft”. El conflicto que experimentan las ciudadanas entre sus aspiraciones profesionales y la decisión sobre la maternidad puede verse reflejado en las estadísticas oficiales, y explica algunas las transformaciones demográficas y sociales más significativas que han tenido lugar en las últimas décadas.

Un ejemplo de ello lo encontramos en el retraso de la edad de la maternidad. La edad media de maternidad se sitúa en España en los 32,60 años (dato del año 2022) (INE, 2021a). Por su parte, los nacimientos de madres de 40 años o más, los cuáles eran casos excepcionales hace apenas una década, han aumentado un 38,0 por ciento en 10 años. Si en el año 2011, los alumbramientos de madres de 40 años o más representaban el 5,5 por ciento del total, en el año 2021 constituían ya el 10,7 por ciento (INE, 2022c: 3).

Tal retraso en la edad de maternidad refleja el cambio en las prioridades y en las expectativas de las ciudadanas. Las jóvenes deciden dedicar más años a la formación y a la estabilización profesional. Sin embargo, los datos de natalidad y fecundidad ponen de manifiesto, asimismo, la vigencia del “dilema de Wollstonecraft” y el “problema de la doble carga”. El pico en la promoción y consolidación profesional de las mujeres coincide con su edad fértil y reproductiva. Por este motivo, las ciudadanas han de elegir, con demasiada frecuencia, entre retrasar la maternidad (incluso hasta el límite de la edad fértil y a veces por encima de esta), renunciar a la promoción profesional para poder dedicarse a las tareas reproductivas, o asumir el “malestar de la doble carga”, cuando no disponen de medios suficientes para contratar o financiar servicios domésticos complementarios.

Ciertamente, en el retraso en la edad de maternidad influyen otros factores, como el descenso (en un 21 por ciento en el año 2021) de la población femenina comprendida en la franja de edad entre los 25 y 40 años, que protagoniza el 84,2 por ciento de los nacimientos en España (INE, 2022c). Sin embargo, no podemos ignorar el peso que tiene, en las economías avanzadas, la dificultad para conciliar, en la decisión de posponer, cuando no de renunciar, a la reproducción.

Como es evidente, este fenómeno repercute, a su vez, en la disminución del número de hijos por mujer. En el año 2021, la tasa de fecundidad descendió un 1,3 por ciento con respecto al año anterior. El número de nacimientos en España acumula, de hecho, una caída de un 28,6 por ciento desde 2011 (INE, 2022c: 1). Como resultado de ello, desde 2017, el crecimiento vegetativo en dicho país viene arrojando una cifra negativa, que le situaba en el valor de -113.023, en el año 2021 (INE, 2022c: 5).

Las ciudadanas son conscientes del coste que representa para ellas la maternidad en el plano profesional y personal. Todavía hoy dedican el doble de horas a las tareas domésticas que sus parejas masculinas o compañeros (INE, 2022c: 5). Nueve de cada diez permisos para el cuidado de familiares los solicitan mujeres (Instituto de la Mujeres, 2022a) y tres de cada cuatro empleos a tiempo parcial son ocupados por estas últimas (Instituto de las Mujeres, 2022b).

A este respecto, resulta ilustrativo observar el impacto que tienen las responsabilidades de cuidado en las expectativas profesionales de las mujeres. Conforme aumenta el número de hijos, se eleva también la brecha entre los sexos en el contrato a tiempo parcial, que es la modalidad que refleja mejor el peso de las responsabilidades domésticas. Así, en el año 2021, si el 21,4 por ciento de las trabajadoras con un hijo o una hija tenían contrato a tiempo parcial (frente al 4,1 por ciento de los padres en esta misma situación), en el caso de tres hijos/as o más, la brecha entre los sexos se situaba en el 25,5 de trabajadoras a tiempo parcial, frente al 5 por ciento de varones con este tipo de contrato (INE, 2022a). En general, el sexo femenino sigue constituyendo el 95 por ciento del conjunto de las personas empleadas a tiempo parcial por motivos de cuidado (Instituto de las Mujeres, 2022b).

Como podemos observar, a pesar de los logros y avances que han tenido lugar en las últimas décadas, persisten desigualdades que no deben ser ignoradas si se aspira a una igualdad real de oportunidades. Aún hoy siguen reproduciéndose conductas, roles y estereotipos sexuales que lastran el progreso hacia la igualdad efectiva en la esfera pública y privada. Ello se manifiesta, no solo en el reparto de las tareas domésticas y de cuidado que están siendo aquí discutidas, sino en las brechas que existen en los ámbitos profesionales y académicos. A pesar de que las mujeres representan más de la mitad del conjunto del estudiantado universitario, solo tres de cada diez de las personas que cursan estudios superiores de Ingeniería y Arquitectura son mujeres, mientras que solo tres de cada diez estudiantes de Ciencias de la Salud son hombres (Instituto de las Mujeres, 2022a).

En definitiva, tal y como pone de manifiesto el Instituto Nacional de Estadística (INE), “la diferencia del reparto de horas entre trabajo remunerado y no remunerado de hombres y mujeres pone de manifiesto la distribución desigual de las tareas de cuidado, educación, trabajo doméstico, cuidado de personas dependientes y las jornadas de trabajo totales más largas que realizan las mujeres” (INE, 2022a). De acuerdo con el INE, para lograr una igualdad real en el empleo en los próximos años, es necesario reforzar la conciliación de la vida profesional y familiar, pues “el impacto sobre la participación en el mercado laboral sigue siendo muy diferente entre mujeres y hombres cuando tienen hijos o familiares a cargo que requieren cuidados” (Ibídem).

A pesar de ello, los avances en la conciliación siguen siendo limitados. Un ejemplo claro, y reciente, puede verse en el anteproyecto de Ley de Familias, aprobado por el Consejo de Ministros, el 13 de diciembre de 2022[12]. Aunque dicho Proyecto incluye algunos avances en la conciliación, como la ampliación de los permisos y ayudas por la crianza de hijos e hijas, no avanza lo suficiente en la equiparación de las familias monoparentales, que constituyen un modelo cada vez más frecuente y feminizado. Como se verá a continuación, las desventajas que experimentan las familias monoparentales con respecto a otros modelos familiares pueden considerarse un caso de discriminación indirecta por razón de sexo[13].

De acuerdo con los datos del Instituto de las Mujeres, las familias monoparentales en España suman dos millones de hogares (Instituto de las Mujeres, 2022c). De estos, cuatro de cada cinco se encuentran encabezados por mujeres (INE, 2022a). Los hogares formados por un adulto y al menos un/a hijo/a fueron los que tuvieron mayores necesidades no cubiertas de asistencia en centros de cuidado de infantil en España (datos actualizados de 2016) (Ibídem). Se trata del tipo de familia que experimenta la tasa más alta de riesgo de pobreza y exclusión social en dicho país. Por ejemplo, en el año 2021, el 54,3 por ciento de los hogares monoparentales con uno o más menores dependientes estaban en riesgo de pobreza y exclusión social, frente al 21,1 por ciento de los hogares formados por dos adultos sin hijos/as y el 27,6 por ciento de los formados por dos adultos con uno/a o más hijos/as dependientes (INE, 2021b: 6).

Por este motivo, las asociaciones de familias monoparentales españolas, como la Federación de Asociaciones de Madres Solteras (FAMS), llevan años reclamando la igualdad de oportunidades y de recursos para estas familias[14]. Junto a una “red estatal de entidades de familias monoparentales”, la FAMS ha reclamado a los diferentes gobiernos la creación de una ley de familias monoparentales a nivel nacional y el reconocimiento de la diversidad de modelos familiares[15].

Lo cierto es que, si bien otros modelos de hogares han ido equiparándose en derechos y ayudas en los últimos años, como es el caso de las familias formadas por cónyuges y parejas del mismo sexo, para las mujeres solteras, que forman la mayor parte de las familias monomarentales, la realidad es bien diferente. A pesar de tratarse de un tipo de familia cada vez más común, esta clase de hogares se encuentra, como hemos visto, entre los más vulnerables. Por este motivo, una de las demandas de las asociaciones de familias monoparentales es la ampliación del permiso de maternidad de dieciséis a treinta y dos semanas, para equiparase al resto.

Ciertamente, el Anteproyecto ha incorporado una de las reclamaciones de tales asociaciones, como es la ampliación a las familias monoparentales con dos o más hijos/as de algunos de los beneficios disponibles para las familias numerosas[16]. Hasta el momento, solo recibían ayudas fiscales accesibles a las familias numerosas las monoparentales de dos o más hijos/as por razón de viudedad, pero no así el resto de los hogares monoparentales, como las madres solteras o solas por elección.

A pesar de este avance, no se ha incluido en el Anteproyecto la ampliación de la baja o permiso por nacimiento de cuatro a ocho meses para las familias monomarentales; una petición que tiene por objetivo equiparar los cuidados a los que tienen acceso los menores, con independencia del modelo de familia[17].

En general, dichas familias siguen siendo prácticamente invisibles para la sociedad y las políticas públicas (FAMS, 2021). Reconocer este tipo de hogares, cada vez más frecuentes, implica adoptar la perspectiva de género. No se trata solo de aceptación social, sino que, como indica la FAMS, es necesario conseguir un reconocimiento legal que contemple la idiosincrasia, las necesidades y la vulnerabilidad de las familias monoparentales (Ibídem). Puesto que el 81 por ciento de tales hogares están encabezados por mujeres, “el fenómeno debe analizarse con perspectiva de género” (FAMS, 2021: 6).

En el año 2020 había censados un total de 1.944.800 hogares monoparentales en España; un 3,0 por ciento más respecto al año 2019. Estos representan ya más del 10 por ciento del conjunto. De hecho, se trata del tipo de familia que más ha crecido en los últimos años en dicho país; hasta un 24,5 por ciento con respecto al año 2016 (FAMS, 2021: 5-6). A pesar de ello, puesto que la mayoría de las estadísticas se centran en los hogares en lugar de en sus unidades familiares, dicho modelo familiar queda muchas veces invisibilizado (FAMS, 2021: 6).

En términos generales, puede afirmarse que, aunque ha habido cambios, el Estado de bienestar descansa aún en el modelo de la familia tradicional de dos progenitores o cónyuges. Las dificultades concretas que afectan a las madres solteras y a los hogares monoparentales tienden a obtener menor visibilidad y cobertura legal. Así se encuentra reflejado, por ejemplo, en la Estrategia europea para la igualdad de género 2020-2025 (FAMS, 2021: 7). A pesar de la mayor ratio de sobrecarga en los cuidados que tienen las madres y padres que forman hogares monoparentales, estos están desatendidos a nivel legal y social. Si se tiene en cuenta la ratio adulto/a-menor a cargo, habría que avanzar mucho más en la extensión de las ayudas para la conciliación y los permisos por nacimiento a las familias monoparentales (FAMS, 2021: 8-9).

Por tanto, puede argumentarse que la agenda feminista no debe ignorar esta realidad que está en aumento y afecta a un número creciente de mujeres que deciden afrontar la maternidad en soledad o sin pareja. En el contexto de la baja natalidad y fecundidad que caracteriza a las democracias europeas, apoyar a dichas madres solas o sin pareja, no solo contribuye a abordar el problema de la sostenibilidad del Estado de bienestar a largo plazo incentivando la natalidad, sino que es una cuestión de justicia y ausencia de discriminación, además de una forma de hacer frente al fenómeno de la feminización de la pobreza en España.

En definitiva, el apoyo a las mujeres en el siglo XXI implica avanzar en las medidas de conciliación, con pareja o sin ella, y con independencia del sexo de esta última. En los últimos años las políticas de igualdad se han centrado en la equiparación de los permisos de maternidad y paternidad, así como en las políticas para incorporar a los hombres a las tareas de cuidado. Junto a estas acciones necesarias, es preciso reconocer el auge de otros modelos de familia, como son las monomarentales, que reflejan la decisión de muchas mujeres, cada vez más, de ser madres sin pareja.

Gracias a los avances científicos, la maternidad es una decisión que se va independizando progresivamente de la existencia de un cónyuge, así como del sexo de este. Los progresos en las técnicas de reproducción asistida están permitiendo aumentar la autonomía reproductiva de las ciudadanas, posponer la maternidad y tener hijos con o sin pareja en edades más avanzadas. Sin embargo, los progresos en tales tecnologías no deberían servir para ignorar las consecuencias de la “paradoja de la igualdad formal”, ni invisibilizar las desigualdades que de facto persisten en la organización sociolaboral y en la esfera pública productiva.

Las políticas feministas protegen a las mujeres y a los más vulnerables, como son los menores que requieren cuidados. En este sentido, abordar las desventajas que todavía hoy experimentan las familias monomarentales a la hora de acceder a las ayudas y recursos para poder conciliar es un aspecto clave en el compromiso y la agenda feminista. Como señala la FAMS, “es la falta de reconocimiento legal y de una regulación estatal e integral lo que expone a las familias monoparentales, especialmente a las encabezadas por mujeres (ocho de cada diez), a situaciones de exclusión social y pobreza” (FAMS, 2021: 15).

 

 

5. Conclusiones

 

 

El presente artículo ha tenido por objetivo discutir las implicaciones y característica de la “paradoja de la igualdad formal”, un fenómeno que pone de relieve la persistencia de la división sexual del trabajo en las democracias liberales avanzadas.

En el siglo XXI, los objetivos de la agenda feminista siguen plenamente vigentes. Ninguna de sus metas ha sido íntegramente alcanzada. En las regiones en desarrollo sometidas a regímenes tiránicos y fundamentalistas, las niñas y las mujeres siguen encontrando barreras formales, enraizadas en códigos familiares y culturales arcaicos, para acceder a sus derechos humanos básicos. Por su parte, en las democracias formalmente igualitarias, en las que se han producido avances legales que no tienen precedentes, la igualdad formal impide reconocer, en muchas ocasiones, las dinámicas patriarcales que perviven en la organización del trabajo y en la esfera pública, incompatibles con las responsabilidades de cuidado.

Dicho conflicto entre las obligaciones profesionales y familiares conduce a las ciudadanas, que han logrado la igualdad formal de derechos, a tener que elegir entre el desarrollo profesional y la maternidad –conflicto que se conoce como el “dilema de Wollstonecraft”—. Aquellas madres trabajadoras que asumen ambas funciones se exponen frecuentemente al “malestar de la doble carga”. La igualdad formal no debería servir, por tanto, de pretexto para mantener las dinámicas laborales patriarcales que resultan irreconciliables con el tiempo necesario para el cuidado.

El último apartado se ha centrado en un modelo de familia cada vez más frecuente en España y en el resto de la Unión Europea, como son las familias monoparentales (o monomarentales), encabezadas en su mayoría por mujeres. Las desventajas que afectan a este tipo de familias, mayoritariamente feminizadas, pueden ser consideradas discriminación indirecta por razón de sexo. La agenda feminista, junto a los objetivos clásicos en defensa de los derechos humanos de las mujeres y de las personas más vulnerables, debe abordar, tal y como se ha argumentado a lo largo de estas páginas, la “paradoja de la igualdad formal”. Solo así podrán dejar de estar desatendidas las desigualdades y las brechas de género cotidianas que persisten en las sociedades que han avanzado en el reconocimiento formal de la igualdad de derechos.

 

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[1] Como ha afirmado la filósofa Amelia Valcárcel, “el feminismo es un hijo no querido del racionalismo y la Ilustración” (Valcárcel, 2000: 124-125). Sobre la relación ambivalente entre el racionalismo moderno, la Ilustración y el feminismo, véanse los trabajos de la maestra del feminismo (Amorós, 1990: 139-150; Amorós y Cobo, 2005: 91-144; Amorós 2006, 129-166; Amorós 2012, 422-474). Sobre el llamado feminismo filosófico véase (Postigo, 2014a: 107-127).

[2] El presente texto se centra en el desafío que plantea a la igualdad real, en las democracias formalmente igualitarias, la división sexual entre la esfera pública productiva y la esfera doméstica reproductiva. Sobre otros retos vigentes de la agenda feminista en las democracias avanzadas véanse (Valcárcel, 2019; De Miguel, 2015; Miyares, 2021; Miyares, 2022).

[3] Sobre el desafío transhumanista al feminismo véase (Miyares, 2022).

[4] Sobre las cuatro conferencias mundiales sobre las mujeres organizadas por las Naciones Unidas, la Plataforma de Acción de Beijing y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW), que constituyen los instrumentos internacionales fundamentales para avanzar en la agenda feminista, véase la página web oficial de ONU Mujeres. Disponible en: https://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/ [27/02/203]. Resulta ilustrativo, asimismo, detenerse en observar, por ejemplo, los objetivos y la agenda de la National Organization for Women (NOW) de Estados Unidos, para comprobar cómo sus vindicaciones siguen intactas desde la década de los sesenta del siglo XX: NOW, disponible en: https://now.org [05/01/2023].

[5] Sobre el concepto de “vetas de Ilustración” véase (Amorós, 2009).

[6] Consúltese (United Nations, 21-12-2022). Sobre la dramática situación de las mujeres somalíes véase (Hirsi, 2007). Asimismo, pueden contrastarse datos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD, 2021). Por su parte, la crisis producida por el Covid-19 ha puesto de relieve la vulnerabilidad de los avances que han tenido lugar en las oportunidades de niñas y mujeres en las últimas décadas. Tal y como ha puesto de manifiesto la Organización de las Naciones Unidas (ONU), “los efectos de la pandemia de la Covid-19 podrían revertir los escasos logros que se han alcanzado en materia de igualdad de género y los derechos de las mujeres. El brote de coronavirus agrava las desigualdades existentes para las mujeres y niñas a nivel mundial; desde la salud y la economía, hasta la seguridad y la protección social” (ONU, 2023). La UNESCO ha advertido, asimismo, que, como consecuencia de las restricciones adoptadas para hacer frente a la pandemia, en los países de bajo y medio ingreso, “las niñas entre 12 y 17 años se encuentran particularmente expuestas a abandonar la escuela” (UNESCO, 18-03-2022). De forma parecida, de acuerdo con las estimaciones de UNICEF, 10 millones de menores están en riesgo de contraer matrimonio prematuramente durante la infancia como consecuencia de los confinamientos (UNICEF, 2021). Se estima, que dos millones adicionales de niñas pueden sufrir mutilación genital (The Economist, 16-12-2020). Por su parte, el Foro Económico Mundial constata que las crisis acumuladas a raíz de la pandemia del Covid-19 y los conflictos armados, han provocado un estancamiento global en los avances hacia la igualdad de género, de forma que, al presente ritmo, llevará 132 años eliminar las desigualdades persistentes de género a nivel global (Zahidi, 2022). Véase también la base de datos de la OCDE sobre las prácticas y códigos legales discriminatorios que persisten en el conjunto de las regiones: OECD, Gender, Institutions and Development Database (GID-DB) 2019, Disponible en: https://stats.oecd.org/Index.aspx?DataSetCode=GIDDB2019 [05/01/2023].

[7] Desde el año 2003, 1184 mujeres han sido asesinadas en España a manos de sus parejas o exparejas, según los datos de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género: Disponible en https://violenciagenero.igualdad.gob.es/violenciaEnCifras/home.htm [10/01/2023]. Véase, asimismo, la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2021).

 

[8] Sobre el “dilema de Wollstonecraft” véanse (Pateman, 1988; Pateman, 1989; Postigo, 2007a: 27-61; Postigo, 2007b: 282-286; Postigo, 2009: 28-40; Wexler, 1988: 257-267).

[9] Tal y como afirma el Instituto Nacional de Estadística (INE), “a pesar de que en los últimos años se ha conseguido una equiparación más equilibrada de hombres y mujeres en el mercado laboral, las mujeres siguen asumiendo la mayor parte de las responsabilidades familiares y domésticas” (INE 2022, 1). Véanse, asimismo, los datos del World Economic Forum (2002: 7, 40). En España, de acuerdo con los indicadores oficiales del Ministerio de Trabajo, “el peso del empleo a tiempo parcial se eleva progresivamente con la maternidad y con el número de hijos, contrariamente a lo que sucede con la temporalidad” (Ministerio de Trabajo y Economía Social, 2021: 5). De acuerdo con la Encuesta Estructural Salarial del año 2018 (último dato actualizado), el salario medio de las mujeres en España es un 21,4 por ciento inferior al de los hombres, una diferencia que se debe fundamentalmente al tipo de jornada, al tipo de contrato y al sector de actividad y ocupación. En el conjunto de la Unión Europea, persiste una brecha salarial de género de en torno al 14,1 por ciento. Asimismo, la diferencia entre el salario horario medio percibido por hombres y el percibido por las mujeres respecto al salario horario medio masculino, es del 15 por ciento en la Eurozona y del 11,9 por ciento en España (año 2020). En edades comprendidas entre los 25 y 45 años, conforme asciende el número de hijos, aumenta la desigualdad entre los sexos en el mercado laboral. Por ejemplo, la desigualdad es de 1,9 puntos porcentuales cuando no se tienen hijos/as, y asciende progresivamente a 15,3 con un 1 hijo/a, a 20,3 con 2 hijos/as, hasta el 26,1 por ciento con 3 hijos/as o más (datos de 2020). El 92,3 por ciento de las personas que permanecen inactivas en España por cuidar a personas dependientes, menores y adultas, son mujeres (datos actualizados año 2020) (Ministerio de Trabajo y Economía Social, 2021: 7, 19).

[10] Los datos sobre el nivel de renta de las familias y el acceso a servicios de cuidado en España se encuentran disponibles en (INE, 2022; INE, 2021c).

[11] La expresión ética del cuidado tiene su origen en los trabajos de pioneras en el campo de la psicología del desarrollo moral y en otras disciplinas desde finales de los años setenta (Gilligan, 1982; Gilligan, 2006; Noddings, 1984; Chodorow, 2020; Held, 1995; Held, 2005). El presente trabajo refleja una perspectiva de la ética del cuidado no esencialista, es decir, que no atribuye al sexo femenino una predisposición biológica (o sexual) a las funciones de cuidado, sino que aspira al reconocimiento de la universalidad de las tareas de cuidado y la atención a la dependencia.

[12] Disponible en: https://www.mdsocialesa2030.gob.es/servicio-a-la-ciudadania/proyectos-normativos/documentos/apl-ley-familias.pdf [16/02/2023].

[13] Por discriminación indirecta por razón de sexo se entienden aquellas prácticas, políticas públicas y leyes que, siendo aparentemente neutrales en cuanto al sexo, acaban teniendo un efecto perjudicial para uno de estos, en particular para las mujeres, sin que exista una justificación razonable y reconocida para aceptar dicho “efecto estadístico” desfavorable para el sexo en desventaja.

[14] Véase la Federación de Asociaciones de Madres Solteras. Disponible en: https://familiasmonomarentales.es/asociaciones-fams/ [06/12/2022].

[15] Véase asimismo la Red Estatal de Entidades de Familias Monoparentales (REEFM). Disponible en: https://familiasmonomarentales.es/reefm/ [06/12/2022].

[16] Junto a ello, el Anteproyecto incorpora tres nuevos permisos para favorecer la conciliación: un permiso por cuidado retribuido al cien por ciento durante cinco días para atender a un familiar de segundo grado o a un conviviente; un permiso no retribuido de ocho semanas para madres y padres trabajadores hasta que los hijos cumplan los ocho años de edad, que amplía el de 16 semanas retribuidas, y podrá aumentar de manera progresiva en seis semanas en 2023 y de ocho semanas en 2024; y un permiso retribuido de hasta 4 días para urgencias cuando haya motivos familiares imprevisibles. Asimismo, se amplía el subsidio por nacimiento y cuidado no contributivo a familias de acogida y adoptantes, así como la “renta de crianza” de cien euros al mes para hijos/as entre cero y tres años, que estaba vigente solo para madres trabajadoras. Anteproyecto de Ley de Familias. Disponible en: https://www.mdsocialesa2030.gob.es/servicio-a-la-ciudadania/proyectos-normativos/documentos/apl-ley-familias.pdf [16/02/2023].

[17] Véase https://familiasmonomarentales.es/presentacion-de-fams-y-objetivos/ [06/12/2022].