Le llaman feminismo y no lo es

 

They call it feminism and it is not

 

 

 

Alicia Miyares

 

aliciamiyares@fsof.uned.es      

 

Universidad Nacional de Educación a Distancia - España

 

 

Recibido:   16-03-2023

Aceptado:  16-04-2023

 

 

 

Resumen                                                                            
Las teorías de la identidad y el deseo y el énfasis en la subjetividad constituyen una amenaza teórica y política para el feminismo porque están presentando como feminismo una agenda contraria a la agenda feminista. La mera triquiñuela de añadir una “s” a la palabra “feminismo” no debe engañarnos. No es feminismo y menos aún es inclusivo considerar la prostitución un trabajo, creer que la práctica del alquiler de vientres es solidaria y altruista, afirmar que la “identidad de género” se superpone al sexo, diluyendo así la desigualdad estructural que las mujeres padecemos por razón de sexo o suponer que legislar reduciendo penas en lo relativo a los delitos sexuales es la vía óptima para acabar con la violencia sexual. Esta agenda espuria y en nada feminista se sirve de trampas conceptuales que conviene analizar críticamente.

Palabras clave: feminismo, identidad, diversidad, identidad de género, transgénero, transhumanismo.

 

Abstract

Theories of identity and desire and the emphasis on subjectivity constitute a theoretical and political threat to feminism because they are presenting as feminism an agenda that is contrary to the feminist agenda. The mere trick of adding an “s” to the word “feminism” should not fool us. It is not feminism and even less is it inclusive to consider prostitution a job, to believe that the practice of surrogacy is supportive and altruistic, to affirm that “gender identity” overlaps with sex, thus diluting the structural inequality that women suffer for reason of sex or assume that legislating reducing penalties in relation to sexual crimes is the optimal way to end sexual violence. This spurious and not at all feminist agenda makes use of conceptual traps that should be critically analysed.

Keywords: feminism, identity, diversity, gender identity, transgender, transhumanism.

1. Introducción

 

 

Nada es lo que parece. El feminismo político desde su inicio ha tenido que luchar contra los discursos reactivos que brotan de los credos religiosos y el pensamiento político conservador, para ello ha elaborado una sólida base argumentativa que ha logrado frenar, en cierta medida, el avance de la tópica misógina religiosa o conservadora. En el momento actual, el feminismo político está obligado a desarrollar y elaborar toda una estrategia argumentativa para rebatir los discursos reactivos de quienes se declaran de izquierdas y feministas, pero son proclives a ensalzar la subjetividad y denuncian como hegemónico la idea de una conciencia colectiva feminista.

 Las teorías de la identidad y el deseo y el énfasis en la subjetividad constituyen una amenaza teórica y política para el feminismo porque están presentando como feminismo una agenda contraria a la agenda feminista. La mera triquiñuela de añadir una “s” a la palabra “feminismo” no debe engañarnos. No es feminismo y menos aún es inclusivo considerar la prostitución un trabajo, creer que la práctica del alquiler de vientres es solidaria y altruista, afirmar que la “identidad de género” se superpone al sexo, diluyendo así la desigualdad estructural que las mujeres padecemos por razón de sexo o suponer que legislar reduciendo penas en lo relativo a los delitos sexuales es la vía optima para acabar con la violencia sexual. Esta agenda espuria y en nada feminista se sirve de trampas conceptuales que conviene analizar críticamente.

 

 

2. Perspectiva sexo/género

 

 

El feminismo ha intentado mostrar de modo crítico cómo la construcción y significado dado a la diferencia sexual, entendiendo los sexos como identidades biológico-sexuales ontológicamente diferenciadas, fundamentó, a su vez, la asimetría o desigualdad de varones y mujeres en términos sociales. Por ello es evidente que para explicar las claves de la desigualdad estructural que padecen las mujeres, es necesario analizar la posición de mujeres y varones en un contexto relacional de mayor fuerza explicativa: las “relaciones sexo/género”. Así las cosas, por “sexo” se entienden las diferencias anatómicas y fisiológicas que configuran nuestros cuerpos y por “género” todo el entramado cultural y normativo que garantiza las divergencias entre varones (masculinidad) y mujeres (feminidad). Parafraseando a G. Lerner (1990), por “género” se entiende lo que una cultura, en un momento determinado, considera la conducta apropiada a los sexos en la interacción social. Es un hecho indiscutible que toda sociedad y toda cultura asignan recursos, propiedades y privilegios a las personas de acuerdo con el sexo lo que provoca en ultima instancia la subordinación de las mujeres. Sandra Harding lo describe certeramente:

“Prácticamente en todas las culturas, las diferencias de género constituyen una forma clave para que los seres humanos se identifiquen como personas, para organizar las relaciones sociales y para simbolizar los acontecimientos y procesos naturales y sociales significativos. Y prácticamente en todas las culturas, se concede mayor valor a lo que se considera relativo al hombre que a lo propio de la mujer” (Harding, 1986: 17-18).

 

A esta realidad se le denomina patriarcado y combatir esta aciaga realidad es feminismo. La perspectiva “sexo/género”, le ha permitido al feminismo analizar críticamente tanto el determinismo biológico como las relaciones sociales y de poder, así como revisar los conceptos tradicionales sobre el conocimiento y el saber. Por último, el feminismo ha puesto de relieve los efectos que la relación sexo/género tiene en la construcción de la subjetividad y “en la idea de una cultura de lo que significa ser persona” (Flax, 1995: 85).

Las premisas de la teoría feminista son bastante precisas:

 

1.    De las evidentes diferencias biológicas no se sigue que mujeres y varones estemos determinados biológicamente. La diferencia biológica de los sexos ha sido utilizada para cimentar una construcción social de los sexos con funciones diferenciadas. El feminismo combate, pues, el esencialismo biológico.

2.    La atribución de papeles sociales diferenciados a varones y mujeres da paso a un orden social jerárquico basado en la supremacía masculina y en la subordinación femenina. La pervivencia de las ideologías, normas y estereotipos sexuales contribuyen a la desigualdad de las mujeres en el acceso al poder, a las oportunidades y a los recursos.  De ahí que el feminismo reniegue del constructivismo social relativo a las ideologías, normas o estereotipos sexuales. Reniegue, pues, del constructivismo de género porque es como se consolida el patriarcado.

3.    Por último, las prescripciones culturales sobre la masculinidad o feminidad inciden en la constitución del yo o subjetividad. Por ello el feminismo se ha encargado de mostrar que referir qué es la subjetividad o identidad personal no se puede hacer al margen de un exhaustivo análisis de los efectos tanto biológicos (de sexo) como sociales (de género) en la constitución y expresión del yo. Si el contexto sociocultural de desigualdad entre mujeres y varones no ha sido totalmente abolido, la construcción de la identidad en las mujeres estará determinado tanto por lo que piensan que pueden conseguir como por lo que culturalmente se espera de ellas.  Como afirma M. Nussbaum (2007: 282), las “preferencias adaptativas” suelen determinar las aspiraciones de las mujeres por las cuales aprenden “a no querer cosas que la convención y la realidad política ponen fuera de su alcance”.

 

 


 

3. La intencionada confusión sexo/género

 

 

A partir de la Conferencia Mundial sobre las mujeres en Beijing en el año 1995, el descriptor social de “género”, que pretende erradicar todo el entramado relativo a la ideologías, normas y estereotipos sexuales, se convierte en el uso jurídico y político reconocido internacionalmente para hacer realidad políticas de igualdad efectiva entre mujeres y varones. No fue en absoluto casual que los credos religiosos, muy especialmente el Vaticano, interlocutor privilegiado en la ONU, se rebelarán contra la inclusión de la “perspectiva de género” o “enfoque crítico de género” en la agenda política de los países, ya que socavaba directamente su idea relativa a los sexos y la función social que a cada uno les correspondía de acuerdo con su naturaleza biológica ontológicamente diferenciada.  El Vaticano absolutamente beligerante ante la idea de erradicar mandatos diferenciados para mujeres y varones, utilizará la plataforma de Beijing como altavoz para reafirmarse en la idea de una identidad sexual biológica diferenciada entre mujeres y varones, el “género” no sería mas que la expresión social de esa diferencia inherente a los sexos: existen características propias del varón y la mujer. Los sexos son complementarios no iguales: “También es posible reconocer que la presencia de cierta diversidad de funciones en modo alguno perjudica a la mujer, siempre y cuando tal diversidad no sea el resultado de una imposición arbitraria, sino más bien la expresión de lo que corresponde concretamente a ser masculino o femenino” (Vaticano, 1995).

Pero a la vez que los credos religiosos renegaban del uso jurídico y político del termino “género”, en el seno del feminismo también había comenzado una deriva en el significado concedido a la palabra “género”. Comienza así la escisión entre feminismo y “teorías del género”. Para las teóricas del género se debe invertir la causalidad establecida entre “sexo” y “género”, concediendo al género una identidad nuclear que precede al sexo: el “género designa el aparato mismo de producción mediante el cual los sexos son establecidos” (Butler, 2002: 40). Nace la confusión intencionada entre sexo y género para dar viabilidad a la creencia en la existencia de la “identidad de género”. Desprovista la noción de género de todo sentido crítico, comienza a significar cualquier cosa imaginativa o antojadiza. Todo menos el enjuiciamiento critico y feminista relativo a los mandatos de género que se proyectan mediante las ideologías, normas y estereotipos sexuales y de género.

El “género” convertido en “proliferación paródica” es un disolvente del feminismo. No es casual, por lo tanto, que las teorías del género o constructivismo extremo del concepto género, “generismo”, cuestionen en primera instancia al feminismo. Las teóricas del género prefieren enfatizar y problematizar las diferencias entre las mujeres más que incidir en la materialidad de la desigualdad estructural que como mujeres se padece. La categoría “mujer” es cuestionada: “El sujeto político del feminismo “mujeres” se nos ha quedado pequeño, es excluyente por sí mismo, se deja fuera a las bolleras, a lxs trans, a las putas, a las del velo, a las que ganan poco y no van a la uni, a las que gritan, a las sin papeles, a las marikas[...]”[1]

Resultado del cuestionamiento de la categoría mujeres se afirma abiertamente que no se puede hablar de la opresión de las mujeres, más allá de un contexto específico, por lo que el feminismo político, que sostiene que las mujeres comparten un vínculo como resultado de su opresión y que es el medio de otorgar carácter colectivo a las demandas de las mujeres, es tildado de “feminismo hegemónico”, una suerte de imperialismo epistemológico “porque intenta colonizar y apropiarse de las culturas no occidentales para respaldar ideas de dominación muy occidentales” (Butler, 2001: 50). Deconstrucción del feminismo y de la categoría mujeres van de la mano en las teorías de género o generismo: el feminismo será una suerte de imperialismo epistemológico al creer que hay una base universal de la opresión de las mujeres y la categoría “mujeres” solo será, para estas teóricas del género, una categoría normativa y excluyente que no tiene en cuenta el carácter contextual de la identidad. No hay, pues, un sujeto político “las mujeres” porque el significante “mujer” por razón de sexo es una ficción reglamentada. Por el contrario, la propuesta paródica consiste en que el significado dado a la categoría “mujeres” sea ocupado por identidades híbridas, fluidas, mutables y definido por una multiplicidad de cuerpos que expresen la sensación o sentimiento de sentirse mujeres. La categoría “mujer” referida al sexo biológico debe ser definitivamente anulada para ser redefinida y reapropiada colectivamente por las “políticas subjetivas” de la identidad de género.

Por lo tanto, cabe afirmar, frente a estos planteamientos que fragmentan la realidad, que el feminismo como teoría política pretende alterar las condiciones de opresión o subordinación en la que viven las mujeres, estabilizando, para ello, la designación “mujeres” como categoría de análisis político. Referirnos a “las mujeres” como actor social y político ha permitido identificar comportamientos por los cuales las mujeres mantienen una relación de poder asimétrica respecto a los varones. Las relaciones asimétricas de poder se adaptan a los contextos culturales, raciales, nacionales, religiosos, generacionales, pero, más allá de la especificidad con la que puedan expresarse, todos ellos revelan una jerarquía social y sexual por la cual las mujeres se encuentran en posición subordinada o de dependencia respecto a los varones. El significado dado en el feminismo a la categoría “mujeres” es el resultado de las intersecciones biológicas, culturales, sociales, raciales y políticas por las cuales se ha privado a las mujeres del acceso a los bienes y la capacidad para determinar sus propias vidas. Constituidas las mujeres como sujeto político reclaman para sí el derecho a la autonomía, la libertad y la liberación de toda adscripción que las impida llevar a término sus propias condiciones de existencia.

 

 

4. El uso instrumental de la “diversidad” e “identidad”

 

 

Nadie cuestiona que el uso jurídico y político de las categorías de “diversidad” e “identidad” nos ha permitido describir las problemáticas situaciones a las que se enfrentan colectivos minoritarios en contextos culturales específicos y por las cuales sufren algún tipo de discriminación. Ahora bien, en el momento presente las categorías de “diversidad” e “identidad” se han desplazado al territorio de la subjetividad y, por lo tanto, a la aceptación de un exagerado “relativismo identitario” o tolerancia hacia cualquier modo de vida o practica sociocultural sin cuestionamiento crítico. El uso instrumental y abusivo de las palabras de “diversidad” e “identidad” ha desplazado por completo a otras categorías políticas como “igualdad”, “dignidad” y “respecto” que son consideradas caducas. La incesante proliferación de “identidades diversas”, la subjetividad suele ser prolija, impide tomar conciencia de aquello que tenemos en común como seres humanos.

Butler, por ejemplo, haciéndose eco de la estrategia posmoderna, afirma que la multiplicación paródica de género tenderá a conformar una “fluidez de identidades” que subviertan las normas de género que producen los fenómenos peculiares “de un “sexo natural” o una “mujer real” (Butler, 2001: 171). La “fluidez de identidades”, afirma, impugna tanto el marco heterosexual como el binarismo subyacente que se articula en los sustantivos “varón/mujer”, como en las atribuciones “masculino/femenino”. 

El problema de la propuesta butleriana reside en la suposición apriorística de que la proliferación paródica de los géneros y su repetición supone una quiebra per se de los mandatos de género, un acto subversivo contra la heterosexualidad y un medio para erradicar el binarismo de sexo “varón/mujer” y el binarismo de género “masculino/femenino”. Más bien, sucede lo contario: al promover la disolución de la categoría “mujeres” se está promoviendo que descienda la percepción relativa a la opresión o desigualdad estructural que las mujeres padecemos por razón de sexo.

Así pues, el valor concedido actualmente a las “identidades diversas” o “fluidez de identidades” tiende a enmascarar el sexismo, la violencia contra las mujeres, la explotación sexual o reproductiva y las relaciones asimétricas de poder entre mujeres y varones. La “identidades diversas” no anulan la jerarquía sexual ni erradican las ideologías y normas sexuales, ni mucho menos reducen, ya que de hecho los intensifican, los estereotipos sexuales y de género. De hecho, asistimos a una representación o Perfomance estereotipada e histriónica de la feminidad y de lo que para algunas personas delirantes creen que es ser mujer, cuyo arquetipo procede directamente de la pornografía y la prostitución. En definitiva, difuminar la categoría “mujeres” en favor de la “fluidez de identidades” contribuye a invisibilizar la injusticia sexual.

Por otra parte, es obligado volver a recordar que las mujeres no somos ni un colectivo ni una minoría social. Como grupo social mayoritario las mujeres no estamos discriminadas, sino que sufrimos opresión o desigualdad estructural, por lo que intentar abordar políticas específicas para las mujeres bajo el paraguas de la “diversidad” o “identidad” no sólo es inoperante, sino contraproducente para consolidar derechos de las mujeres y hacer valer la agenda feminista. Tomar como criterio la “diversidad” e “identidad”, y no dar por legítima la categoría “mujeres”, contribuye a que las mujeres seamos fragmentadas y fragmentadas, objeto de taxonomía como si de una nueva especie de zoo humano se tratara; precarias, diversas, brujas, transfonterizas, migrantes, con velo o sin velo, negras, blancas, heterosexuales, lesbianas, anticarcelarias, punitivistas, incluyentes, excluyentes…

La lista es infinita, pero no veremos taxonomía alguna relativa a los varones. A su vez, el recurso a la fluidez de identidades logra enmascarar las problemáticas específicas de las mujeres por nacer mujeres, desciende, así, la percepción social de la opresión sufrida por las mujeres; o peor aún, se señala descaradamente a las nacidas mujeres como mujeres privilegiadas frente a las que afirman sentirse mujeres; la utilización del binomio cis/trans, que es una imposición identitaria, ensombrece de facto la opresión por razón de sexo.

Por último, las “identidades diversas” impiden la articulación política, cuyo fin demostrado es despolitizar el feminismo para convertirlo en una teoría de la identidad y el deseo:  si la diversidad la entendemos como defensa de un modo de vida concreto a preservar y la identidad como un rendir cuentas sólo ante el grupo social de adscripción, será casi imposible generar un espacio político compartido; el uso instrumental de la “diversidad” e “identidad” restringe la acción política, al reducir las demandas a los colectivos de referencia a los que se adscriben identitariamente las personas. Al final, si dicha adscripción depende únicamente de las experiencias vitales compartidas sucede que se confunden deseos y derechos y que se hacen prevalecer los deseos sobre los derechos.

En definitiva, el uso instrumental de la “diversidad” e “identidad, como afirma Zizek Slavoj, solo beneficia al capital:

 

“Este continuo florecer de grupos y subgrupos con sus identidades híbridas, fluidas, mutables, reivindicando cada uno su estilo de vida, su propia cultura, esta incesante diversificación, sólo es posible y pensable en el marco de la globalización capitalista y es precisamente, así como la globalización capitalista incide sobre nuestro sentimiento de pertenencia étnica o comunitaria” (Slavoi, 2008: 24).

 

La pleitesía al capital requiere, pues, rendir tributo a la subjetividad frente a la cohesión social, al individualismo antes que a la igualdad o dignidad, al relativismo identitario enfrentado a la universalización de los derechos. Un buen ejemplo lo encontramos en las leyes de “identidad de género”: subjetividad, individualismo y relativismo se unen para ahogar cualquier principio de realidad.

 

 


 

5. La subjetividad, soberana única: “identidad de género”

 

 

En los años 90 del siglo pasado, como esbocé, los caminos del feminismo y de las teorías del género comienzan a separarse. El énfasis en el cuerpo, el leguaje, el deseo, la subjetividad y la identidad, en clave psicoanalítica y posmoderna, será el núcleo del que van a partir las teorías del género o en expresión de De Lauretis “las tecnologías del género” en la que encuentran su acomodo las propuestas queer. En el siglo XXI ya no hay camino intermedio por el que transitar, el feminismo es una teoría política de transformación de la realidad con una agenda que le es propia; lo queer/trans, decantado último de las teorías del género, es una teoría de la identidad y el deseo con una agenda contraria a la agenda feminista.

Si para el feminismo la categoría “género” es efecto del sexo y es el acumulado normativo que prefigura un destino diferenciado para mujeres y varones que hay que disolver, para las teorías del género o credo queer/trans será el “sexo” lo culturalmente construido y el “género” elevado a categoría ontológica como vivencia interna y expresión del yo. Si para el feminismo el sexo no se asigna, pero el género sí, para el credo queer/trans será el sexo lo que se asigna y el género se transmuta en “identidad de género”. Si para el feminismo la desigualdad estructural de las mujeres es por razón de sexo, para el credo queer/trans el sexo es una categoría irrelevante en términos jurídicos y biológicos. Si para el feminismo hay que erradicar todo lo relativo al género como construcción social normativa relativa a los sexos, para lo queer/trans hay que favorecer el reconocimiento jurídico de la “identidad de género”, evitando así cualquier enfoque crítico feminista. Si para el feminismo es imperativo huir de cualquier etiquetado identitario relativo a las mujeres, para lo queer/trans se convierte en imperativo el etiquetado de las mujeres en “cis” o “trans”. Si para el feminismo los cuerpos de las mujeres no pueden ser objeto de cosificación, transacción o intercambio mercantil, para lo queer/trans la cosificación, transacción o intercambio mercantil del cuerpo de las mujeres será una forma de capital biocultural. Si para el feminismo las mujeres somos y representamos un sujeto político, para lo queer/trans el sujeto político lo representan las “realidades transgénero” reconocidas como tales a través de las leyes de “identidad de género”. Definitivamente, feminismo y credo queer/trans son propuestas antagónicas.

El feminismo no es una teoría de la identidad y el deseo. Tampoco es una conjura masónica de hermanas, ni vivencial ni acrítico. Como mujeres no estamos obligadas a representar todo y nada a la vez: la diversidad, la identidad, la interseccionalidad, el relativismo identitario, la libre elección y la resignificación de nuestros cuerpos. Y sin embargo, para nuestra perplejidad como feministas, las mujeres nos hemos convertido en el foco de atención y centro del debate de leyes que, en principio, pretendían legislar sobre el minoritario colectivo LGTBIQ. ¿Por qué? ¿Tienen estas leyes como destinatarios preferentes a transexuales o lesbianas, por poner un ejemplo? O, por el contrario, ¿su finalidad es otra muy distinta que afecta de modo directo a las mujeres a la usanza de la más antigua misoginia?

Lo cierto es que estamos asistiendo en directo a la representación teatral y sobreactuada de lo que pueda significar tanto “ser mujer” como la atribución de “feminidad” y esto es lo que realmente late tras las leyes de “identidad de género”: un volver a poner en su sitio a las mujeres, esto es, en los márgenes. El nuevo disfraz de la misoginia es la transmisoginia, el nuevo intento de designar lo que somos las mujeres transdesignación y los nuevos mandatos a las que las mujeres estamos obligadas queernormatividad. Y todo ello santificado por el mandamiento jurídico de la “identidad de género”.

En 2006 se lleva a cabo un seminario internacional en Yogyakarta (Indonesia) en la Universidad de Gadjah Mada. Las personas congregadas fueron 29 de distintos países y regiones, pero con evidentes vínculos con la ONU. En cuatro días este cogollo de personas acuerda por unanimidad un texto en el que desarrollan los principios que deben orientar la acción legal internacional relativa a la “identidad de género”, que a su vez definen in situ del modo siguiente:

 

“La ‘identidad de género’ se refiere a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales” (Principios de Yogyakarta, preámbulo)[2].

 

 Exhortan a la ONU y a los gobiernos a hacer cumplir los “principios de Yogyakarta”, pero hoy en día siguen sin ser vinculantes… Y, sin embargo, la definición de identidad de género, acordada en Yogyakarta, se convierte, sin ratificación alguna de los Estados, en la piedra angular de todas las leyes relativas a “lo trans” y la autodeterminación de género.  Y así de modo absolutamente informal, mediante grupos de presión y al amparo de la ONU, los principios de Yogyakarta convierten en real la creencia en la “identidad de género” y su politización (generismo).

La identidad de género nace con la pretensión, como se afirma en el principio tres de Yogyakarta, de que reemplace al sexo en todos los documentos de identidad: “Incluyendo certificados de nacimiento, pasaportes, registros electorales y otros” para que “reflejen la identidad de género que la persona defina para sí”. El sustrato sobre el que se inspira esta definición es la subjetividad, expresada como “vivencia interna” sentida profundamente, aunque sea difícil determinar con exactitud el grado de hondura. Se inscribe esta definición en un marco autorreferencial. Es una definición per se indemostrable.

Un acto de fe propio de un credo religioso y que como todo acto de fe se podría resumir en un mandamiento principal, tal cual es expresado en un informe titulado “violencia contra personas LGTBI” del año 2015 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “sólo nuestras creencias sobre el género -no la ciencia- pueden definir nuestro sexo” (Comisión Interamericana de Derecho humanos, 2015: 30). Bien está que utilicen la palabra “creencias” y que lo opongan a la “ciencia”. En este sentido no hay engaño: priman las creencias sobre la ciencia, pero lo que sí resulta delirante es que los países se plieguen al reconocimiento jurídico de una identidad que pone en cuestión el conocimiento objetivo y el principio de realidad en aras de una creencia. Por último, se afirma que dicho informe de 2015 está inspirado en “la literatura académica queer”.

Llegados a este punto debemos preguntarnos en interés de quien se promueve la “identidad o autodeterminación de género”. El generismo queer/trans propone el surgimiento de una nueva subjetividad: el sujeto transgénero, que, según Mauro Cabral, aunaría inclusivamente a una multitud de sujetos en dispersión, travestis, lesbianas que no son mujeres, drag queens, drag kings y quienes escapan al “binarismo de género” (Cabral, 2011: 97). “Transgénero” es el nuevo sujeto político emergente concebido como “máquina de guerra biopolítica”. Sus herramientas de ataque serán el cuerpo y la prótesis, el deseo y las prácticas sexuales, la identidad y la expresión de sí, la autenticidad y lo ficticio, la autonomía decisional y la biotecnología, entre otras (Ibídem). Su campo de batalla el feminismo y como consecuencia las mujeres.

La definición de “identidad de género” surgida en Yogyakarta 2006 no es en absoluto neutra, pese a lo que pudiera parecer en una primera lectura. Una de las integrantes de aquella reunión, la brasileña Sonia Correa, se enorgullecía años después de que en Yogyakarta se cuestionará el binarismo varón-mujer y que no apareciera mención alguna a la palabra “mujer”. Pasados los años constatamos que el credo queer/trans postula ya abiertamente que se debe superar el modelo de los dos sexos para llegar a la diversidad de categorías: “miles de sexos y de géneros”, en palabras recientes de R. Braidotti; que hay que separar el feminismo del cuerpo y experiencia de las mujeres: un feminismo sin mujeres; que la categoría “mujer” como ficción reglamentada ya no tiene significado alguno, por lo que debe ser consumida y reapropiada colectivamente; que hablar de mujeres y derechos humanos es asumir una perspectiva esencialista y colonialista. Esta es la verdadera esencia de las leyes de “identidad o autodeterminación de género”. Por lo tanto, como feministas, no podemos permanecer ajenas a la transmisoginia y queernormatividad que anidan en estas propuestas legislativas porque su objeto preferente somos las mujeres.

El feminismo se articula en torno a una agenda política y no se fragua en torno a identidades. Pero cuando desde los dogmas queer/trans se cuestiona la propia categoría “mujeres” como grupo social de vindicación política no podemos dejar de analizarlo contextualmente: justo cuando las mujeres estamos alcanzando una notable visibilidad política-social se reaviva, desde grupúsculos de la izquierda populista con la anuencia de partidos políticos de mayor calado social,  una imposición que exige a las mujeres que aceptemos categorías inestables, permeables y fluidas como “transgénero” y que además nos veamos en ella representadas. Si no aceptamos el nuevo contrato por el que se nos invisibiliza la acusación de transfobia planea sobre nuestras cabezas.  “Transfobia” es el antiquísimo mandato “cállate, mujer”. Es la nueva misoginia o transmisoginia.

Por otra parte, la queernormatividad desdeña el sexo como categoría biológica y jurídica relevante; afirma que el binarismo varón-mujer es falso; sostiene que la especie humana no es dimórfica; asevera que la asignación de sexo es ideológica y compulsiva; predica que la voluntad o subjetividad es la forma sustancial del cuerpo. Por si no fuera suficiente lo anterior, la queernormatividad acuña un nuevo binarismo de etiquetado social de las personas “cis/trans”. El uso atribuido a “cis” y “trans” revela una obligatoriedad de adscripción, partiendo de la falsa premisa de la “identidad de género” como si fuera criterio válido para clasificar a las personas. La transmisoginia y queernormatividad dispone de un dispositivo para “vigilar y castigar”, si expresas la negativa a aceptar la imposición de la “identidad de género autodefinida”.

La queernormatividad ha diseñado puntillosamente su relato punitivista: si existe resistencia por parte de las mujeres a la designación “cis” es una muestra de transfobia; no plegarse al reconocimiento jurídico de la identidad de género es “cisseximo” y recurrir al análisis crítico de las relaciones sexo/género, para desvelar la desigualdad estructural de las mujeres, es optar por un enfoque “cisnormativo”.

Ahora bien, por otro lado, desde la normativa queer/trans también se concluye radicalmente que “cis” significa sostener la posición de privilegio de las “mujeres no trans”. O sea, que si no aceptas ser designada como “cis” eres tránsfoba, pero si lo aceptas te has de reconocer implícitamente como “mujer privilegiada”: la transmisoginia y queernormatividad opera de modo tal que parece no haber escapatoria para las mujeres. Como el punitivismo social puede fallar, ya que las feministas suelen estar curtidas y ser inmunes a la pretensión de ostracismo social, toda ley de identidad de género que se precie establece un régimen sancionador  con penas de multa elevadas para hacer callar las voces críticas. El punitivismo queda establecido como mecanismo de imposición de una creencia sobre el principio de realidad. ¡Ahí es nada!

 

 

6. El puente hacia el transhumanismo: borrado de las mujeres

 

 

En el siglo XXI, la transmisoginia y queernormatividad nos convierte a las mujeres en seres polimorfos sin sexo: precarias, racializadas, disidentes, decoloniales, no binarias, migrantes, neutres, antifascitas, anticarcelarias, transfeministas, trasngeneracionales, transfronterizas y un largo etcétera. Estamos obligadas a representar el papel de la diversidad, pero no podemos ser un ser humano “mujer”. Ya describí en líneas anteriores el carácter disolvente que tiene fragmentar hasta el infinito y más allá a las mujeres, pero, ¡qué casualidad!, el credo queer/trans que  atomiza a las mujeres otorga carta de naturaleza al constructo “trans” o “transgénero” que aglutina realidades tan divergentes como transexuales, intersexuales, travestis, cross dressers, queers, gender queers, drag Queens, drag King, no binarios y cualesquiera otras identidades “no normativas”, signifique esto último lo que signifique.

Se nos está proponiendo, en definitiva, un nuevo sujeto político que usurpe el espacio político de las mujeres. Este nuevo sujeto político es “lo trans” o “transgénero”, que en términos legales y jurídicos procede de igual forma en todos los países: tomar las leyes específicas o medidas de acción positiva cuyas destinatarias eran las mujeres y mediante un corta y pega trasladarlas al conglomerado “trans”. Malo es suponer que las causas de la opresión son similares a las causas de la discriminación, pero más dañino es que el resultado del “copia, corta y pega” de las leyes y medidas específicas para combatir la desigualdad estructural de las mujeres al trasladarlas al universo imaginario “transgénero” está facilitando jurídicamente el borrado de las mujeres.

“Transgénero” es el nuevo sujeto político que anuncia el fin del binarismo sexual de la especie humana cuya primera tarea será deconstruir el “sexo” a escala global. El sujeto “transgénero” representa ya la posibilidad de una realidad transhumana: la recreación del cuerpo humano ya ha comenzado. Ciertamente la recreación del cuerpo humano ha comenzado y las leyes de identidad de género son el intento de articulación política y legal de las tesis transhumanistas. La pretensión transhumanista es superar las limitaciones que la biología impone a nuestras vidas. Por ello, para liberarnos por completo de nuestra anatomía biológica será imprescindible comenzar por la ruptura de nuestra anatomía sexual, ya que es en lo relativo a las características sexuales donde se hace más perceptible y presente la naturaleza biológica de la especia humana. El salto hacia el transhumanismo, en el momento actual, pivota sobre dos cuestiones: alterar la anatomía sexual de las mujeres y disociar el sexo biológico de la reproducción.

 

Anatomía sexual

 

 El credo queer/trans es el canal de transmisión de los postulados transhumanistas: como según el dogma queer/trans no hay correspondencia entre sexo y género, la ruptura con la anatomía sexual de la especie humana se logra consolidando, gracias al reconocimiento legal de la “identidad de género”, la idea de existencia de “mujeres con pene” o “varones embarazados”. Un individuo, por ejemplo, con “pechos y pene” podría ser descrito tanto como una “mujer con pene” como un “varón con pechos”. Sin embargo, la única caracterización que se traslada socialmente es la de “mujer con pene”, ya que en los postulados transhumanistas queer/trans adquiere mayor relevancia desdibujar las características sexuales de las mujeres que la de los varones. La ruptura con la anatomía sexual de la especie humana se hace más evidente si tomamos como sujeto transformable y modificable a las mujeres, quizá porque las mujeres hemos sido a lo largo de la historia humana sexualizadas en extremo.

Por ello, no es en absoluto casual que en los planteamientos transhumanistas queer/trans se convierta en imprescindible cuestionar que los pechos, la vagina, la menstruación o el embarazo sean características específicas de las mujeres, pues solo logrando esta ruptura se puede consolidar la existencia del sujeto transgénero que “naturaliza” el transhumanismo. De ahí, que todo lo relativo a las mujeres sea sustituido en leyes e informes que avalan la identidad de género por expresiones que permitan dar visibilidad al individuo transgénero y de paso omitir cualquier referencia al a las mujeres: las mujeres ahora somos “personas sin próstata” que poseemos un “orificio delantero”. En lo relativo a características sexuales, somos “personas menstruantes” con capacidad de ser “progenitores gestantes” que producimos “leche pectoral” y parimos en “salas perinatales”. En definitiva, “transgénero” es una ideación coercitiva para las mujeres que, sin embargo, mantiene incólume el campo de significado de atribución sexual de los varones.

 

Disociación reproductiva

 

En cierto sentido la capacidad reproductiva de las mujeres sigue definiendo lo humano. Las diferencias biológicas entre mujeres y varones son evidentes, pero la diferencia más acusada se establece cuando nos referimos a la reproducción humana. A las mujeres corresponde la capacidad de gestar y parir. El salto hacia el transhumanismo radica pues en disociar sexo biológico de reproducción humana, porque, logrado esto, la sexualidad habrá cambiado por completo y nos habremos liberado de nuestra naturaleza biológica y los límites que nos impone. Si en lo relativo a la anatomía sexual el individuo es libre y autónomo para modificar su cuerpo a voluntad, en lo relativo a la reproducción, el transhumanismo aboga por la autonomía reproductiva y parental y, por lo tanto, la absoluta libertad para elegir el proceso reproductivo.

De ahí que el transhumanismo plantee como objetivo desvincular el significante “mujer” de capacidad reproductiva. Así, por ejemplo, cuando en normativas internacionales o en legislaciones que amparan la “identidad de género” aparece de modo recurrente la expresión “personas gestantes” no es en absoluto una expresión inclusiva. Es, por el contrario, un logro transhumanista que desea a toda costa desligar la reproducción humana del útero materno, de las mujeres. En la agenda reproductiva transhumanista es un imperativo que se pierda toda huella sexual, filial y parental y a este fin responde, por ejemplo, la práctica del alquiler de vientres. Un objetivo transhumanista es disociar la condición biológica de la reproducción de la maternidad. La “maternidad transgestante”, que es la nueva expresión del alquiler de vientres, cumple sobradamente este objetivo.

La práctica del alquiler de vientres es agenda reproductiva transhumanista, ya que:

 

1) Se prioriza la posibilidad de elegir libremente el proceso reproductivo sin injerencias éticas de ningún tipo, pese a que menoscaben los derechos de las mujeres en lo relativo a la filiación. De hecho, ha habido propuestas legislativas, como la del partido político de Ciudadanos, que pretendían convertir esta práctica en un derecho: “regular el derecho a la gestación por sustitución, entendiendo por tal, el que asiste a los progenitores subrogantes a gestar, por la intermediación de otra, para constituir una familia” BOCG, 2019: 2).

2) El deseo de reproducirse mediante la práctica del alquiler de vientres no deja de ser un intento de trascender las limitaciones biológicas, bien sea por causa de enfermedad, edad, daño irreversible para la salud, estética o bien por imposibilidad material de reproducción en parejas del mismo sexo, mayormente varones.

3) Produce la disociación deseada entre capacidad reproductiva y mujeres: desvincula deseo reproductivo de condición biológica y además tiende a convertir el embarazo y parto en “trabajo reproductivo” sobre el que cabe establecer una relación contractual. Se disocia, además, gracias al “contrato de subrogación” el embarazo y parto de la maternidad, como si la gestación tuviera lugar en un no-cuerpo, en un no-yo.

4) La práctica del alquiler de vientres es una práctica reproductiva cuyo objetivo es, precisamente, la perdida de toda huella sexual, filial y parental. Poco parece importar que sea una práctica de explotación reproductiva de las mujeres.

 

 

7. A modo de conclusión

 

 

La negación del “sexo” como dato biológico relevante produce una nueva forma de violencia contra las mujeres: desde la redefinición de lo que significa ser mujer hasta la negación de la desigualdad estructural que padecemos las mujeres por razón de sexo. Despojar el “sexo” de significado social y jurídico es lo mismo que afirmar que la jerarquía sexual no existe, es decir, que la dominación masculina y la subordinación femenina es una ficción. A su vez, la división sexual del trabajo debe suceder en un mundo paralelo y un “sueño de la razón” afirmar, como así lo ratifican todos los acuerdos internacionales, que la violencia contra las mujeres es por razón de sexo. Cuando se afirma que la categoría “sexo” debe ser desplazada por el campo de significación más amplio de “género”, asistimos al intento de trascender la biología sustituyéndola por constructos sociales. Son planteamientos en última instancia transhumanistas.

Las leyes de identidad de género son la ventana de oportunidad para asentar legalmente los postulados transhumanistas queer/trans y en ello incluyo también, no es casual, que a la vez se produzca el debate en lo relativo a la práctica del alquiler de vientres. El transhumanismo promueve en primera instancia la ruptura con la anatomía sexual y reproductiva de la especie humana y para ello, es imprescindible considerar la categoría “sexo” como un dato biológico irrelevante. Estos primeros pasos transhumanistas están afectando ya de modo directo a las mujeres, pero tal parece que lo que nos sucede como mujeres no compromete a la especie humana en su conjunto. El desinterés absoluto por analizar las consecuencias y el impacto que se derivan para las mujeres de la negación del “sexo” como dato biológico y jurídico nos revela que la mera posibilidad de un futuro transhumanista será igual de patriarcal que el mundo que habitamos.

 

 


 

Bibliografía

 

 

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[1]  Manifiesto para la insurrección transfeminista – RED PutaBolloNegraTransFeminista. Disponible en: https://paroledequeer.blogspot.com/2022/01/manifiesto-para-la-insurreccion-transfeminista.html [02/02/2023]. Para un análisis más pormenorizado ver Rosa María Rodríquez Magda (2015: 36).

[2] Disponible en: https://yogyakartaprinciples.org/preambule-sp/ [03/02/2023].