Fundar una abadía cisterciense femenina a mediados del siglo XIII.
DOI:
https://doi.org/10.18002/ehh.v0i13.1579Palabras clave:
Monjas cistercienses, patronazgo nobiliario, ricashembras, historia Cistercian nuns, noble patronage, noblewomen, women’s history, gender history, diplomatic forgery, Cistercian Order, filiations between abbeysResumen
Esta investigación sobre la abadía cisterciense femenina de Otero (León) demuestra que el supuesto documento fundacional de 1240 es una falsificación de mediados del siglo XV destinada a arraigar en el siglo XIII el patronazgo tardío de los Guzmán de León. En consecuencia, tenemos que rechazar las informaciones que contiene en cuanto a su temprana historia institucional, en particular su vínculo de filiación con la abadía femenina de Gradefes que no se reivindicó antes de finales del siglo XV. Una nueva lectura del proceso fundacional muestra que la poderosa noble fundadora María Núñez había ofrecido todas sus propiedades al monasterio cisterciense masculino de Sandoval en 1230, antes de concebir el proyecto. Cambió de idea en los años siguientes y retuvo para su futura institución la mayor parte de estos bienes pese a la demanda de los monjes ante la justicia eclesiástica. En los años 1240 la ricahembra introdujo en Otero la vida monástica con la ayuda de un monje cisterciense de Rioseco, nombró abadesa a una joven pariente suya y en 1252 obtuvo del rey el reconocimiento oficial de la existencia de su monasterio. En estas circunstancias y pese a que había prescindido del procedimiento centralizado que imponía Cîteaux desde 1213, Otero fue reconocido por la Orden como miembro pleno jure en los años 1250.
Abstract: This research about the Cistercian abbey of nuns in Otero (León) proves that the assumed 1240 foundational charter is a forgery made up in the mid-15th c. in order to root back in the 13th c. the late patronage of the Guzmán of León family. We must therefore turn down the information it gives about its early institutional history, especially the fact that Otero was a daughter house of Gradefes – a link that was in fact created only later in the 15th c. The revisited foundational process starts in 1230 when the future founder, the powerful noblewoman María Núñez, gave all her lands to the Cistercian abbey of monks in Sandoval, before conceiving her project. She changed her mind in the following years and kept for her project most of these properties although the monks sued her in ecclesiastical court. In the 1240s, she introduced monastic life in Otero with the help of a Cistercian monk from Rioseco, appointed a young relative as abbess and in 1252 had the king’s authority officially approve the existence of the monastery. In this context and although the abbey had not complied with the centralized procedure imposed by Cîteaux from 1213 on, the Order considered Otero a full member in the 1250s.
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AHDL 738, 745, 792 y 793
Baury, G. (2001). “Émules puis sujettes de l’ordre cistercien. Les cisterciennes de Castille et d’ailleurs face au Chapitre Général aux XIIe et XIIIe siècles”. Cîteaux – Commentarii cistercienses, 52, 1-2, pp. 27-60
Berman, C. H. (1999). “Were there twelfth-century Cistercian Nuns?”. Church history , 68, 4, diciembre de 1999, pp. 824-864
Binayán Carmona, N. (1986). “De la nobleza vieja… a la nobleza vieja”. En: Estudios en homenaje a don Claudio Sánchez Albornoz en sus 90 años. Anexos de Cuadernos de Historia de España. Buenos Aires: Instituto de Historia de España, t. IV, 1986, p. 103-137.
Calvo, A. (1945). El monasterio de Gradefes, apuntes para su historia y la de algunos otros cenobios y pueblos del Concejo. León: Impr. Provincial, pp. 247-249.
Canivez, J.-M. (1933). Statuta capitulorum generalium ordinis cisterciensis ab anno 1116 ad annum 1786. Louvain: Bibliothèque de la Revue d’Histoire Ecclésiastique, t. I, p. 405, n° 3.
Casado Lobato, M. C. (1983). Colección diplomática del monasterio de Carrizo. León: Centro de Estudios e Investigación “San Isidoro”, t. 1, n° 60 (hacia 1200) y 63 (1201), pp. 67 y 69-70.
Cavero Domínguez, G. (2007). El esplendor del Císter en León (siglos XII-XIII). León: Fundación Hullera Vasco-Leonesa, pp. 98-99, 107.
Coelho, M. F. (2006). Expresiones del poder feudal: el Císter femenino en León (siglos XII y XIII). León: Universidad de León, pp. 38-39
Domínguez (2013). “Poder y sumisión: las abadesas del monasterio cisterciense de Santa María de Gradefes (ss. XII-XIII)”. En: J. Albuquerque Carreiras (ed.). Mosteiros cistercienses. História, Arte, Espiritualidade e Património. Actas do Congresso realizado en Alcobaça, nos dias 14 a 17 de Junho de 2012, Alcobaça: Jorlis, t. III, pp. 67-86, aquí pp. 78-79.
Felten, F. J. (2000). “Der Zisterzienserorden und die Frauen”. En: H. Schwillus y A. Hölscher (ed.), Weltverachtung und Dynamik. Berlín, Lukas Verlag (Studien zur Geschichte, Kunst und Kultur der Zisterzienser, 10), pp. 34-135.
Felten, F. J. (2009). “Waren die Zisterzienser frauenfeindlich?”. En: F. J. Felten y W. Rösener (ed.), Norm und Realität. Kontinuität und Wandel der Zisterzienser im Mittelalter. Berlín: Lit, pp. 179-223.
Fernández Catón, J. M. (1978). Catálogo del Archivo Histórico Diocesano de León. León: Centro de Estudios e Investigación “San Isidoro”, t. I, n° 824, 825, 827, pp. 174-175
Grassotti, H. (1985). “Hacia las concesiones de señorío «con mero y mixto imperio»”. En Estudios en homenaje a Don Claudio Sánchez Albornoz en sus 90 años. Anexos de Cuadernos de Historia de España, vol. III. Buenos Aires: Instituto de Historia de España, pp. 113-150.
Grassotti, H. (1987). “Novedad y tradición en las donaciones «con mero y misto imperio» en León y Castilla”. En Homenaje al profesor Juan Torres Fontes, vol. I. Murcia: Universidad de Murcia, pp. 723-736.
Moxó, S. de (1969). “De la nobleza vieja a la nobleza nueva”. En: Cuadernos de Historia (Anexos de la Revista Hispania), 3, pp. 112-123
Pérez-Embid, J. (1989). “El Cister femenino en Castilla y León. Fundación y organización de las comunidades monásticas (s. XII-XIII)”. En Actas das II jornadas luso-espanholas de história medieval. Porto, 1987, vol. 3. Porto: Instituto Nacional de Investigação Científica, pp. 1077-1125.
Quintanilla Raso, M. C. (2006). “El engrandecimiento nobiliario en la Corona de Castilla. Las claves del proceso a finales de la Edad Media”. En Quintanilla Raso, M. C. (ed.). Títulos, Grandes del reino y grandeza en la sociedad política. Fundamentos en la Castilla medieval. Madrid: Sílex, pp. 17-100.
Quintanilla Raso, M. C. (2008). La nobleza señorial en la Corona de Castilla. Granada: Editorial Universidad de Granada, pp. 331- 336.
Rodríguez, R. (1948). Catálogo de documentos del monasterio de Santa María de Otero de las Dueñas. León: Centro de Estudios e Investigación de San Isidoro, n° 472 p. 116, 758 p. 174 y 778 p. 179).
Villacorta Rodríguez, T. (1974). El cabildo catedral de León. Estudio históricojurídico, siglo XII-XIX. León: Centro de Estudios e Investigación “San Isidoro”, p. 113.
Yáñez Neira, D. (1979) “La jurisdicción de la abadesa de Gradefes sobre el monasterio de Otero de las Dueñas”. Nova et Vetera. Temas de vida cristiana, 8, pp. 195-265.
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