Parejas de hecho: un fallo de avanzada. Una medida judicial argentina de acción positiva = Couples in fact: an advanced failure. An Argentine legal action of positive action
DOI:
https://doi.org/10.18002/rjule.v0i4.5290Palabras clave:
Parejas de hecho, Uniones convivenciales, Derecho comparado, Reglas de Brasilia, Discriminación, Medidas de acción positiva, Constitución Argentina, Nuevo Código Civil y Comercial Argentino, Derechos humanos, Unmarried couples, Discrimination, Human rightResumen
Se expone un fallo judicial referido a “uniones convivenciales” (término argentino para parejas de
hecho), y su disolución; se analizan los fundamentos doctrinarios y normativa nacional e internacional aplicable al caso; concepto y rol de la mujer y nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, considerando el fallo como el primero en su tipo y el único hasta el momento. Se incluye breve mención al régimen del anterior Código Civil, denominado “velezano” y dos fallos anteriores a la reforma.
Por último, se realiza una reflexión acerca de las apreciaciones que como personas, como mujeres y como
profesionales nos merece el desarrollo de este trabajo.
This document refers to a precedent held in Argentina as regards unmarried couples, which in Argentina are called “uniones convivenciales”. This judicial case sets forth an important precedent in the sense that it implies a “positive action” taken by a Court in order to change the world regarding women and discrimination. We analyse the Argentininan Civil and Comercial Code and we compare this decision and the current Civil Code with the previous regulations and court decisions. Finally, we let down our personal opinion regarding the matter from the the unique perspective of women and lawyers.
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Citas
XIV Cumbre judicial iberoamericana, Brasilia, Marzo de 2008, Reglas de Brasilia, cons Oct 2017 disponibles en http://www.acnur.org/fileadmin/scripts/doc.php?file=fileadmin/Documentos/BDL/2009/7037.
Bauman, Zigmunt, Amor líquido: acerca de la fragilidad de los vínculos humanos, Fondo de Cultura económica, Méjico, 2005, p. 70.
Bauman, Zigmunt, “Prólogo” en “Modernidad líquida” - 3ª reimp. - Ed. Fondo de Cultura Económica - Bs. As. – 2004.
Diario Jurídico online de Córdoba. Año XV, n. 3440, 05062017 Disponible en: www.tribunales.gov.ar/intranet/docs/diario/DJ_050617.pdf cons. 29-10-17.
Diario La Nación “Los cupos femeninos no son necesarios”, consultado el 31-10-2017 disponible en http://www.lanacion.com.ar/2041024-los-cupos-femeninos-noson-necesarios.
Fundamentos del Anteproyecto del CCYCN. Aspectos valorativos. Pg. 1. Consult. 16-9- 17 Disponible en: http://www.nuevocodigocivil.com/wp-content/uploads/2015/02/5-Fundamentos-del-Proyecto.pdf.
García Devesa, Jenifer, Uniones de hecho, Biblioteca de la Universidad de La Rioja, Facultad de ciencias jurídicas y sociales, curso academico 2012-2013, disponible en: https://biblioteca.unirioja.es/tfe_e/TFE000233.pdf.
Garcia Maffla Jaime, El amor no es efímero, es efímero el tiempo, Boletín cultural y bibliográfico, Colombia, consultado el 16-9-2017, disponible en: https://publicaciones.banrepcultural.org/index.php/boletin_cultural/article/view/2606/2683.
Kemelmajer de Carlucci, Aida, Las nuevas realidades familiares en el Código Civil y Comercial argentino de 2014, Revista Jurídica La Ley del 8 de octubre de 2014, P.5 disponible online en: http://www.nuevocodigocivil.com/wp-content/uploads/2015/02/Las-nuevas-realidades-familiares-en-el-Codigo-Civil-yComercial-argentino-de-2014.-Por-Aida-Kemelmajer-de-Carlucci.pdf. Consultado el 16-9-2017.
Ley 25280 del 21-7-2000 incorpora al derecho interno la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, suscripta en Guatemala el 7 de junio de 1999, AG/RES.1608 (XXIX-O99). cons. el 29-10-17. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/63893/norma.htm.
Lloveras y Duran de Kaplan, La interdisciplina, una herramienta fundamental para el operador del Derecho o del conflicto, publicado en Página del Colegio Público de Abogados de Com. Rivadavia, 25-4-2017, disponible en: http://www.cpacr.org.ar/archivos/680. Consultado el 16-9-2017.
Palacios, Agustina, Derecho a la igualdad y medidas de acción positiva, Diciembre 2000, SAIJ Argentina, ID SAIJ: DACF010005 reproduciendo artículo de la Revista del Colegio de Abogados de Mar del Plata Argentina, llamada revista QUORUM. Disponible libremenente en: http://www.saij.gob.ar/agustina-palacios-derechoigualdad-medidas-accion-positiva-dacf010005-2000-12/123456789-0abcdefg5000-10fcanirtcod.
Spaventa, Veronica, Convencion sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, publicado en marzo 2017, Diccionario enciclopedico legislacion sanitaria argentina del Ministerio de Salud de la Nación, consult 29-10-17, disponible en http://www.salud.gob.ar/dels/entradas/convencion-sobre-la-eliminacion-de-todas-las-formas-dediscriminacion-contra-la-mujer
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